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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 22
INVASION DE ESFERAS, INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL PLENO PARA CONOCER DE UN ASUNTO DE, SI REALMENTE IMPLICA UN PROBLEMA DE MERA LEGALIDAD.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 22
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción IV, bis, inciso b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para que se surta la competencia del Tribunal Pleno en los casos en que se alegue un problema de invasión de soberanías no basta la afirmación del quejoso, sino que es necesario que la cuestión planteada implique el posible ejercicio, por parte de la autoridad federal, de facultades reservadas a los Estados, o por las autoridades de éstos, de atribuciones constitucionales privativas de la Federación. Por tanto, si en el caso planteado por la quejosa, de lo que en realidad se queja es, por un lado, de la inobservancia de las disposiciones ordinarias que, a su juicio, establecen que como organismo público descentralizado se encuentra sometido exclusivamente a la jurisdicción federal y que al mismo tiempo excluye a esa institución de la aplicación de disposiciones locales que graven su patrimonio, y alega asimismo que sus bienes inmuebles, conforme a legislación ordinaria aplicable, constituyen bienes de dominio público de la Federación y que precisamente por esta razón se encuentran exentos del pago de contribuciones locales, tales aspectos no representan un problema de invasión de soberanías sino de mera legalidad, consistentes en resolver qué leyes, las federales o las locales, son de aplicación preferente en resolver en el caso de la quejosa.
Precedentes
Amparo en revisión 7552/84. Comisión Federal de Electricidad División Jalisco. 10 de febrero de 1987. Mayoría de dieciséis votos. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón, Fausta Moreno, Juan Díaz Romero, Jorge Olivera Toro y presidente Carlos del Río Rodríguez. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Secretario: José Luis Rodríguez Santillán.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volúmenes 205-216, página 60. Amparo en revisión 1489/85. Petróleos Mexicanos. 8 de julio de 1986. Mayoría de dieciséis votos. Disidentes: Carlos del Río Rodríguez, Mariano Azuela Güitrón, Fausta Moreno Flores, Juan Díaz Romero y Jorge Olivera Toro. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Diego Isaac Segovia Arrazola.
Volúmenes 205-216, página 60. Amparo en revisión 3090/86. Comisión Federal de Electricidad. 30 de septiembre de 1986. Mayoría de doce votos. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón, Santiago Rodríguez Roldán, Fausta Moreno Flores, Juan Díaz Romero y Jorge Olivera Toro. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano.
Séptima Epoca:
Informe 1986, página 693. Amparo en revisión 3018/85. Petróleos Mexicanos. 18 de febrero de 1986. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón, Fausta Moreno Flores, Carlos del Río Rodríguez y Jorge Olivera Toro. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
Informe 1986, página 693. Amparo en revisión 2295/83. Central de Autobuses de Fresnillo, S. A. de C. V. 3 de junio de 1986. Mayoría de catorce votos de los señores Ministros: De Silva Nava, López Contreras, Cuevas Mantecón, Castellanos Tena, Castañón León, Díaz Infante, Fernández Doblado, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, Schmill Ordóñez, Olivera Toro y Presidente del Río Rodríguez. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón, Fausta Moreno Flores y Juan Díaz Romero. Disidentes: Azuela Güitrón, Moreno Flores, Díaz Romero. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos.
Véase Semanario Judicial de la Federación:
Séptima Epoca, Primera Parte, Volúmenes 157- 162, páginas 152, 153, 155 y 294.
Séptima Epoca, Primera Parte, Volúmenes 181-186, página 115.
Séptima Epoca, Primera Parte, Volúmenes 175-180, páginas 128, 129, 131, 133, 134, 136 y 209.