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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232047
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 46

RENTA, ARTICULO 80 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE. EN CUANTO A LA TASA ADICIONAL, VIOLA EL ARTICULO 31, FRACCION IV, CONSTITUCIONAL. (D.O. 31 XII 1985).

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo en revisión 5069/86. Luis Silverio Garza Salinas. 22 de septiembre de 1987. Mayoría de 15 votos de los señores Ministros: De Silva Nava, López Contreras, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Schmill Ordóñez y presidente del Río Rodríguez. Disidentes: Díaz Infante y Adato Green de Ibarra. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Amparo en revisión 7065/86. Manuel Robleda González de Castilla y coagraviados. 8 de septiembre de 1987. Mayoría de 17 votos de los señores Ministros: De Silva Nava, López Contreras, Cuevas Mantecón, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green de Ibarra, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez. Disidente: Díaz Infante. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia P. 1, publicada en el la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Núm. 2-6 Marzo-Julio de 1988, página 5.
Registro digital (IUS): 232047