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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 50
SOCIEDADES, REPRESENTACION DE LAS. QUEDA COMPROBADA SI EN LA ESCRITURA DE MANDATO EXHIBIDA CONSTA SU EXISTENCIA LEGAL Y LAS FACULTADES DE QUIEN OTORGO EL PODER.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 50
La representación legal se acredita con el documento notarial que se exhiba en el cual conste la existencia legal de la sociedad por quien se gestiona, así como la circunstancia de que quien otorgó el poder se encuentra facultado por el órgano de la sociedad que tiene competencia para ello; sin que sea obstáculo que en la escritura de mandato no se consignen los nombres de las personas físicas o morales que constituyeron la sociedad, dado que dichos requisitos sólo son exigibles tratándose del acta constitutiva de la susodicha sociedad, tal como se desprende del texto del artículo 6o. de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Precedentes
Amparo en revisión 4036/48. Cementos Mexicanos, S.A. 3 de febrero de 1987. Mayoría de quince votos. Disidente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano.