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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232067
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 19

ARTICULO 115, FRACCION IV, INCISO C), DE LA CONSTITUCION FEDERAL, EL PLANTEAMIENTO DE VIOLACION AL, NO IMPLICA EL POSIBLE EJERCICIO POR PARTE DE LA AUTORIDAD ESTATAL DE ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES PRIVATIVAS DE LA FEDERACION Y, EN CONSECUENCIA, NO SE SURTE LA COMPETENCIA DEL PLENO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 3090/86. Comisión Federal de Electricidad. 30 de septiembre de 1986. Mayoría de doce votos. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón, Santiago Rodríguez Roldán, Fausta Moreno Flores, Juan Díaz Romero y Jorge Olivera Toro. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Amparo en revisión 3018/85. Petróleos Mexicanos. 18 de febrero de 1986. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón, Fausta Moreno Flores, Carlos del Río Rodríguez y Jorge Olivera Toro. Ponente: Fernando Castellanos Tena. Secretario: Alfredo Villeda Ayala.
Registro digital (IUS): 232067