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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232074
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 27

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, ARTICULO 235 DEL, QUE SEÑALA CUANDO DEBE DECLARARSE CERRADA LA INSTRUCCION. NO VIOLA LOS ARTICULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 936/84. Pom, S.A. 20 de mayo de 1986. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 232074