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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232089
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 51
FIDEICOMISARIO. LA LEY DE EXPROPIACION Y DECRETO EXPROPIATORIO, NO AFECTAN DIRECTAMENTE SU INTERES JURIDICO.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 51
La Ley de Expropiación y el decreto expropiatorio que conforme a ella se expida son actos que afectan directamente al derecho de propiedad; consecuentemente, no afectan directamente el interés jurídico del fideicomisario por no tener éste la titularidad como propietario del inmueble fideicomitido y expropiado, y aun cuando la expropiación le produciría una lesión en sus derechos como fideicomisario, no es él quien debe ocurrir en la vía de amparo, porque las repercusiones que le traería la expropiación serían de carácter económico, como, por ejemplo, el no realizar las construcciones que deseara y transmitir su propiedad, no instruir a la fiduciaria para enajenar en favor de terceros el predio fideicomitido y no constituir garantías hipotecarias sobre dicho inmueble; pero este perjuicio económico no es la base para la procedencia del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión 769/84. Unitas, S.A. de C.V. 26 de agosto de 1986. Mayoría de diecisiete votos. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón, Atanasio González Martínez y Ulises Schmill Ordóñez. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Diego Isaac Segovia Arrazola.
Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "FIDEICOMISARIA. LA LEY DE EXPROPIACION Y DECRETO EXPROPIATORIO, NO AFECTAN DIRECTAMENTE SU INTERES JURIDICO.".