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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 86
PREDIAL. ARTICULOS 15 AL 17 Y 20 DE LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 1983, NO SON AUTOAPLICATIVAS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 86
Los artículos 15, 16, 17 y 20 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, publicada el 31 de diciembre de 1982, vigente a partir del día siguiente, no son de aquéllos que, por su sola expedición, causen un perjuicio, sino que necesitan un acto posterior de autoridad para que se origine; en consecuencia si el acto de autoridad no aplica dichos preceptos, los artículos citados no afectan los intereses jurídicos de la quejosa y se surte la causal de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo, y debe sobreseerse con fundamento en el artículo 74, fracción III, del mismo ordenamiento.
Precedentes
Amparo en revisión 7560/84. Inmobiliaria Boreal, S.A. 11 de marzo de 1986. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.