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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232107
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 86
PREDIAL. FIDEICOMISO. ES EL FIDEICOMISARIO QUIEN TIENE EL CARACTER DE CONTRIBUYENTE. LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 1983.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 86
De conformidad con los artículos 14 y 15 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, vigente a partir del 1o. de enero de 1983, y 14, fracción V, inciso a), del Código Fiscal de la Federación, aplicable supletoriamente en los términos del artículo 1o. de la Ley de Hacienda, tratándose de un predio afecto a un fideicomiso, el sujeto obligado al pago del impuesto predial es el fideicomisario, pues para efectos fiscales, se entiende por enajenación de bienes, entre otras hipótesis, la que se realiza a través del fideicomiso, entre otros casos, en el acto en el que el fideicomitente designa o se obliga a designar fideicomisario diverso de él y siempre que no tenga derecho a readquirir del fiduciario los bienes, lo que significa que en ese supuesto dicho fideicomisario debe ser considerado como propietario, lo que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 mencionado, lo convierte en obligado al pago del impuesto.
Precedentes
Amparo en revisión 7836/83. Financiera de Industria y Comercio, S.A. y otro. 11 de marzo de 1986. Mayoría de diecisiete votos. Disidentes: Carlos de Silva Nava, Manuel Gutiérrez de Velasco, Atanasio González Martínez, Fausta Moreno Flores y Jorge Olivera Toro. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo.
Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "IMPUESTO PREDIAL. PREDIO AFECTO A UN FIDEICOMISO. ES EL FIDEICOMISARIO QUIEN TIENE EL CARACTER DE CONTRIBUYENTE. (LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 1983).".