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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 101
PROTECCION AL CONSUMIDOR, ARTICULOS 6o., 59, 86 Y 87 DE LA LEY DEL. NO SON AUTOAPLICATIVOS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 101
Del texto de los artículos 6o., 59, 86 y 87 de la Ley Federal de Protección al Consumidor reformada por decreto de 17 de diciembre de 1984, se advierte que, no son autoaplicativos, ni causan perjuicio a los particulares con su sola expedición, pues no imponen obligación alguna de hacer o dejar de hacer, como es criterio de este Tribunal Pleno expresado en la tesis de jurisprudencia número 64, publicada en la Primera Parte del Apéndice de Jurisprudencia 1917-1985, no obsta a la conclusión antes precisada el hecho de que la autoridad administrativa está obligada, por la sola vigencia de las transcritas disposiciones legales, a imponer multas considerando la cuantía prevista en el artículo 86, fracción I, de la ley, porque de ello no puede seguirse, que sea inminente que se sancione, a determinada persona, ni de esa inminencia se concluirá que las reformas legales reclamadas de que se trata sean autoaplicativas, conforme con el criterio transcrito.
Precedentes
Amparo en revisión 5888/85. Administración y Promoción de Negocios Inmobiliarios, S.A. de C.V. 27 de mayo de 1986. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece publicada bajo el rubro "PROTECCION AL CONSUMIDOR, LEY FEDERAL DE. SUS ARTICULOS 6o., 59, 86 Y 87 NO SON AUTOAPLICATIVOS.".