Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/232135
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232135
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 137

JURISPRUDENCIA, TESIS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA QUE NO LA CONSTITUYEN. SU APLICACION POR LOS JUECES DE DISTRITO NO CAUSA AGRAVIO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 137

Precedentes

Amparo en revisión 9618/83. Rigoberto Cervantes. 11 de diciembre de 1984. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Mariano Azuela Güitrón y Atanasio González Martínez. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Secretario: Roberto Terrazas Salgado. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, tesis 145 y sus relacionadas, página 236. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "JUECES DE DISTRITO. SUS FALLOS PUEDEN FUNDARSE EN PRECEDENTES JUDICIALES ESTABLECIDOS.".
Registro digital (IUS): 232135