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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232148
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 163
ENERGIA ELECTRICA, IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS AL CONSUMO DE. SU COBRO SI AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DE LOS USUARIOS.
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 163
Es cierto que el impuesto especial sobre producción y servicios (un peso por cada kilowatt hora) se cubre inicialmente por los prestadores de ese servicio; sin embargo, conforme a los artículos 1o. último párrafo, y 4o. de la ley relativa, y trigésimo segundo transitorio de la Ley que Establece, Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales, publicada en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 1982, ese impuesto debe ser trasladado a los usuarios, quienes, en última instancia, jurídicamente soportan la carga impositiva, por lo cual si se afectan sus intereses jurídicos.
Precedentes
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volúmenes 193-198, página 95. Amparo en revisión 8993/83. Unión Regional de Crédito Ganadero de Durango, S.A. de C.V. 19 de marzo de 1985. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: María I. Fátima Sámano.
Volúmenes 193-198, página 95. Amparo en revisión 239/84. Triplay y Maderas del Norte, S.A. 26 de marzo de 1985. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: María I. Fátima Sámano.
Volúmenes 193-198, página 95. Amparo en revisión 3524/84. Planta Pasteurizadora Durango, S.A. de C.V. 26 de marzo de 1985. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: María I. Fátima Sámano.
Volúmenes 205-216, página 40. Amparo en revisión 9622/83. Importadora y Exportadora de Mármol, S.A. 23 de septiembre de 1986. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Martha Moyao Núñez.
Volúmenes 205-216, página 40. Amparo en revisión 7876/83. Armher de México, S.A. 7 de octubre de 1986. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo.
Nota: En el Informe 1986, la tesis aparece bajo el rubro "IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS AL CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA. EL COBRO DEL MISMO SI AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DE LOS USUARIOS.".