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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232153
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 173

SEGURO SOCIAL, ARTICULO 271 DE LA LEY DEL. NO VIOLA EL ARTICULO 17 CONSTITUCIONAL.

[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 205-216, Primera Parte; Pág. 173

Precedentes

Séptima Epoca, Primera Parte: Volúmenes 181-186, página 209. Amparo en revisión 4598/83. Cibolain, S.A. 10 de abril de 1984. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volúmenes 187-192, página 85. Amparo en revisión 437/83. Cerámica Muñoz, S.A. 2 de octubre de 1984. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Carlos de Silva Nava. Volúmenes 187-192, página 85. Amparo en revisión 3988/83. Maquilas y Servicios de Guadalajara, S.A. 23 de octubre de 1984. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Volúmenes 199-204, página 117. Amparo en revisión 9557/84. Ediciones Andrade, S.A. 8 de octubre de 1985. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Volúmenes 205-216, página 115. Amparo en revisión 8709/84. Carlos Adame Barocio. 4 de febrero de 1986. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Leopoldino Ortiz Santos. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "SEGURO SOCIAL. EL ARTICULO 271 DE LA LEY NO VIOLA EL ARTICULO 17 CONSTITUCIONAL.".
Registro digital (IUS): 232153