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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232158
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 199-204, Primera Parte; Pág. 31

AUXILIARES DE LOS COMITES DISTRITALES. SU NOMBRAMIENTO POR LA COMISION LOCAL ELECTORAL NO CONSTITUYE UNA VIOLACION SUSTANCIAL QUE ANULE UNA ELECCION.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 199-204, Primera Parte; Pág. 31

Precedentes

Varios 31/85. Reclamación Electoral Partido Acción Nacional. 1o. de octubre de 1985. Mayoría de diecinueve votos. Disidente: Alfonso López Aparicio. Ponente: Felipe López Contreras.
Registro digital (IUS): 232158