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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 199-204, Primera Parte; Pág. 33
CADUCIDAD EN JUICIO ORDINARIO FEDERAL. DEBE DECRETARSE SI SE DEMUESTRA QUE TRANSCURRIO EL TERMINO RELATIVO.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 199-204, Primera Parte; Pág. 33
De conformidad con el artículo 373, fracción IV, del Código Federal de Procedimientos Civiles, el proceso caduca cuando, cualquiera que sea el estado del procedimiento, no se haya efectuado ningún acto procesal ni promoción durante un término mayor de un año. Ahora bien, si en el transcurso de dicho término se encuentra demostrado indudablemente, no sólo con las constancias del expediente, sino también con la certificación correspondiente de la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia y con la presunción de que del demandante no ha podido desvirtuar esa situación, derivada de la falta de promoción específica en relación a la notificación que se le hizo sobre la certificación relativa a que, en el término referido, no aparece constancia de que hubiere hecho alguna promoción, debe decretarse la caducidad en el juicio y, de conformidad con el artículo 378 del propio ordenamiento, anularse los actos procesales verificados en el mismo y sus consecuencias.
Precedentes
Juicio ordinario federal 2/58. Hayde Colombina Pardio Pérez. 22 de octubre de 1985. Mayoría de diecisiete votos. Disidentes: Noé Castañón León y Jorge Iñárritu. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo.
Juicio ordinario federal 12/48. Marina Hernández de Catalán. 15 de octubre de 1985. Mayoría de diecisiete votos. Disidentes: Noé Castañón León y Jorge Iñárritu. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo.