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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232222
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 103

IMPUESTO RUINOSO. LAS PRUEBAS SOBRE LA SITUACION ECONOMICA DEL QUEJOSO Y DE LA AFECTACION QUE PODRIA CAUSAR, NO LO DEMUESTRAN.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 103

Precedentes

Amparo en revisión 5623/84. Carlos Márquez Madrid y coagraviados. 16 de abril de 1985. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Alfonso López Aparicio y Raúl Cuevas Mantecón. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY TRIBUTARIA. LAS PRUEBAS SOBRE LA SITUACION ECONOMICA DEL QUEJOSO Y DE LA AFECTACION CAUSADA NO PUEDEN DEMOSTRAR QUE EL IMPUESTO ES RUINOSO.".
Registro digital (IUS): 232222