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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 119
LEY, CONSTITUCIONALIDAD DE LA. REQUISITO PARA SU ANALISIS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 119
Para que se pueda analizar si un ordenamiento es constitucional o no, debe señalarse el precepto de la Carta Magna con el cual pugna; requisito que no se satisface en un concepto de violación en el que se sostiene que la ley combatida se encuentra en contradicción con otra ley ordinaria.
Precedentes
Amparo en revisión 2721/83. Universidad Autónoma Metropolitana. 15 de enero de 1985. Mayoría de trece votos. Disidentes: Alfonso López Aparicio, David Franco Rodríguez, Raúl Cuevas Mantecón, Carlos de Silva Nava y Fausta Moreno Flores. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 68, página 33. Amparo en revisión 9774/68. Mariscos Tropicales, S.A., Congeladora Unión, S.A. y coagraviados. 27 de agosto de 1974. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volúmenes 169-174, página 111. Amparo en revisión 5638/57. Felipe Alcántara y coagraviados. 24 de noviembre de 1970. Mayoría de dieciséis votos. Disidentes: Alberto Jiménez Castro y Mariano Azuela. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Nota:
En el Volumen 68, página 33, esta tesis aparece bajo el rubro "LEYES, AMPARO CONTRA. REQUISITO PARA EL ANALISIS DE SU CONSTITUCIONALIDAD.
En los Volúmenes 169-174, página 111 y en el Informe de 1971, bajo el rubro "CONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY, REQUISITO PARA EL ANALISIS DE LA.".
Este criterio ha integrado la jurisprudencia P./J. 108/99, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo X, noviembre de 1999, página 29, de rubro "LEY. PARA ANALIZAR SU CONSTITUCIONALIDAD DEBE PLANTEARSE SU OPOSICION CON UN PRECEPTO DE LA CONSTITUCION.".