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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 121
LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE COAHUILA (VIGENTE EN 1954) SU ARTICULO 66, INCISO A), INVADE LA ESFERA DE ATRIBUCIONES DE LA FEDERACION (PETROLEO Y GAS NATURAL).
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 121
El artículo 66, inciso a), de la Ley de Hacienda del Estado de Coahuila, vigente a partir de 1954, que establece un impuesto sobre el comercio de 5 al millar anual sobre el monto de las ventas que hagan las empresas propietarias de gas natural entre otras, invade la esfera de atribuciones del Congreso de la Unión, porque en los términos del artículo 73, fracciones X y XXIX, constitucional, es facultad exclusiva de dicha autoridad federal la de establecer contribuciones sobre petróleo y sus derivados, entre los que se encuentran el gas natural, de manera que el Congreso del Estado de Coahuila carece de competencia constitucional para gravar dichos renglones. En efecto, tomando en consideración, por una parte, que la propia Constitución Federal dispone en su artículo 124 que las facultades que no estén expresamente concedidas por ella a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados y, por la otra, que el aludido artículo 73, fracción XXIX, Apartado V, inciso c), de la Carta Magna, señala expresamente como facultad del Congreso de la Unión establecer contribuciones especiales para gasolina y otros productos derivados del petróleo, resulta claro que tal facultad es propia y exclusiva del citado Congreso y, por lo tanto, los congresos locales no pueden legislar sobre dichos productos, pues de hacerlo invaden la esfera de atribuciones de la autoridad federal.
Precedentes
Amparo en revisión 4325/54. Compañía Nacional de Gas, S.A. 15 de enero de 1985. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Arturo Iturbe Rivas.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE COAHUILA (VIGENTE EN 1954). SU ARTICULO 66, INCISO A), QUE ESTABLECE UN IMPUESTO SOBRE EL COMERCIO, INVADE LA ESFERA DE ATRIBUCIONES DE LA FEDERACION.".