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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232240
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 124

LEYES FISCALES HETEROAPLICATIVAS. EL TERMINO DE QUINCE DIAS DEL PRIMER ACTO DE APLICACION DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACION AUNQUE SE ALEGUE QUE FUE ILEGAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 124

Precedentes

Amparo en revisión 3452/83. Constructora Río Lerma, S.A. de C.V. 7 de mayo de 1985. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Amparo en revisión 1895/84. Rafael Quiñones Robles. 19 de febrero de 1985. Unanimidad de quince votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo.
Registro digital (IUS): 232240