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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 133
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 193-198, Primera Parte; Pág. 133
Aun cuando el que promueve por otros no acompañe los documentos justificativos de su personalidad, si el auto que da entrada a la demanda causa estado y el promovente presenta, con posterioridad, los documentos justificativos de su personalidad, es incuestionable que ésta queda legalmente acreditada.
Precedentes
Amparo en revisión 380/83. Ediciones Andrade, S.A. 11 de mayo de 1985. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXX, página 478, tesis de rubro "PERSONALIDAD EN EL AMPARO.".