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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232345
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 181-186, Primera Parte; Pág. 223

INTERES JURIDICO. DEBE ACREDITARSE PARA LA PROCEDENCIA DEL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 181-186, Primera Parte; Pág. 223

Precedentes

Amparo en revisión 2389/79. Bernardo Gómez Vega y otros. 8 de noviembre de 1983. Mayoría de catorce votos. Disidente: Carlos del Río Rodríguez. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Véase: Informe de Labores 1988, Segunda Parte, Tercera Sala, página 152, bajo el rubro "INTERES JURIDICO. DEBE ACREDITARSE PARA LA PROCEDENCIA DEL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 232345