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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232349
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 181-186, Primera Parte; Pág. 236
COOPERACION, COBRO DE DERECHOS DE. GARANTIA DE AUDIENCIA CUANDO SE ADOPTA EL SISTEMA DE CUOTA FIJA.
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 181-186, Primera Parte; Pág. 236
Cuando para el cobro de derechos de cooperación se adopta el sistema de cuotas fijas sujetas a tarifas determinadas, el ordenamiento respectivo no tiene por qué prever el conocimiento, por los interesados, de los trabajos y costo total de la obra, puesto que aquéllos tienen conocimiento de la cantidad a cubrir antes de su realización.
Precedentes
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 66, página 71. Amparo en revisión 4824/70. Ruperto García Hernández y otro. 22 de enero de 1974. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Volumen 62, página 20. Amparo en revisión 1860/73. Fernando Aguayo Mireles. 19 de febrero de 1974. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Volumen 68, página 22. Amparo en revisión 384/67. Herminio Sánchez de La Barquera. 27 de agosto de 1974. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen 74, página 15. Amparo en revisión 4043/70. Estela González de Pineda. 25 de febrero de 1975. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Volumen 78, página 16. Amparo en revisión 3812/70. Inmobiliaria Cali, S.A. y coagraviados (acumulados). 24 de junio de 1975. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.