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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232364
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 181-186, Primera Parte; Pág. 256

PLACAS Y TARJETAS DE CIRCULACION, CANJE DE. EL COBRO DE DERECHOS POR ESE CONCEPTO NO ES INCONSTITUCIONAL.

[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 181-186, Primera Parte; Pág. 256

Precedentes

Séptima Epoca, Primera Parte: Volúmenes 175-180, página 163. Amparo en revisión 6754/82. David Carreón García. 5 de julio de 1983. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Atanacio González Martínez. Secretario: Pedro Esteban Penagos López. Volúmenes 175-180, página 163. Amparo en revisión 6756/82. Carmen Cervantes de Fernández del Valle. 30 de agosto de 1983. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretaria: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Volúmenes 181-186, página 227. Amparo en revisión 6177/82. José García Hernández y coagraviados. 6 de diciembre de 1983. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Secretaria: Martha Moyao Núñez. Volúmenes 181-186, página 143. Amparo en revisión 5331/82. Miguel Márquez Aguilar y otro. 10 de enero de 1984. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Arturo Barocio Villalobos. Volúmenes 181-186, página 143. Amparo en revisión 5408/82. Manuel Estrada López y otros. 31 de enero de 1984. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Secretario: Juan Manuel Arredondo Elías.
Registro digital (IUS): 232364