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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 175-180, Primera Parte; Pág. 29
AGRARIO. COMISIONES AGRARIAS MIXTAS. SON TRIBUNALES JURISDICCIONALES DENTRO DE SU ESFERA DE COMPETENCIA Y NO DE CONCIENCIA.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 175-180, Primera Parte; Pág. 29
Es inexacto que las comisiones agrarias mixtas, al decidir los conflictos que se les plantean, funcionen como tribunales de conciencia, ya que se trata de órgano cuya naturaleza formal es administrativa, en los términos de ley que la rige; pero, dentro de la citada esfera de competencia, realiza funciones jurisdiccionales en los casos previstos por los artículos 438, 439 y 440 de la Ley Federal de Reforma Agraria reclamados de inconstitucionales.
Precedentes
Amparo en revisión 5193/79. Ana Segundo viuda de Zuriaga. 19 de julio de 1983. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: David Franco Rodríguez.