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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232374
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 175-180, Primera Parte; Pág. 71

EXPROPIACION, LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO SON COMPETENTES PARA CONOCER DE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO DE, Y DE LOS ACTOS DE APLICACION.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 175-180, Primera Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo en revisión 1468/56. Marcos Arrangoiz y coagraviados. 29 de noviembre de 1983. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 63, página 17. Amparo en revisión 10045/68. Guadalupe Urraza de Olea y otros. 26 de mayo de 1974. Unanimidad de veintiún votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Raúl Solís Solís.
Registro digital (IUS): 232374