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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232393
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 175-180, Primera Parte; Pág. 194

PRODUCTOS DE CAPITALES, IMPUESTOS SOBRE. ARTICULO 266, FRACCION VIII, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE MEXICO. INVADE LA ESFERA DE ATRIBUCIONES DE LA FEDERACION.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 175-180, Primera Parte; Pág. 194

Precedentes

Amparo en revisión 4947/76 Cristales Inastillables de México, S.A. 4 de octubre de 1983. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Séptima Epoca, Primera Parte: Volúmenes 157-162, página 268. Amparo en revisión 5433/75. Hilaturas Lerma, S.A. de C.V. 22 de junio de 1982. Mayoría de dieciséis votos. Disidente: Carlos del Río Rodríguez. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Pedro Esteban Penagos López. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 151-156, Primera Parte, página 149, bajo el rubro "IMPUESTOS. SISTEMA CONSTITUCIONAL REFERIDO A LA MATERIA FISCAL. COMPETENCIA ENTRE LA FEDERACION Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA DECRETARLOS.".
Registro digital (IUS): 232393