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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232415
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 169-174, Primera Parte; Pág. 119
SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE EN AMPAROS PROMOVIDOS POR EL MISMO QUEJOSO.
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 169-174, Primera Parte; Pág. 119
Si las autoridades responsables son las mismas en dos juicios de amparo promovidos por el mismo quejoso, pero los actos reclamados y en especial los de aplicación, son diversos, no procede sobreseer en el segundo juicio.
Precedentes
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 79, página 23. Amparo en revisión 2035/61. Compañía de Tepeji del Río, S.A. 22 de julio de 1975. Mayoría de dieciséis votos. Disidente: Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Volumen 87, página 57. Amparo en revisión 2304/72. "Frigorífica y Empacadora", S.A. 23 de marzo de 1976. Unanimidad de quince votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.
Volúmenes 97-102, página 136. Amparo en revisión 1950/61. "Fábrica de Hilados y Tejidos Puente Sierra", S.A. 1o. de febrero de 1977. Unanimidad de quince votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Francisco M. Ramírez.
Volúmenes 169-174, página 115. Amparo en revisión 6434/78. Gas Butep, S.A. 29 de julio de 1980. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.
Volúmenes 169-174, página 115. Amparo en revisión 1648/80. Industrias IEM, S.A. de C.V. y otro. 7 de diciembre de 1982. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos.
Notas:
En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "AMPAROS PROMOVIDOS POR EL MISMO QUEJOSO.".
Este criterio ha sido interrumpido por la tesis publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo 16-18, abril-junio de 1989, página 44, de rubro: "LEYES, AMPARO CONTRA. DEBE SOBRESEERSE SI SE PROMUEVE CON MOTIVO DEL SEGUNDO O ULTERIOR ACTOS DE APLICACION."