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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 163-168, Primera Parte; Pág. 77
LEYES AMPARO CONTRA, CON MOTIVO DE SU APLICACION, CUANDO NO SE CITAN EL NUMERO NI LA FECHA DE SUS REFORMAS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 163-168, Primera Parte; Pág. 77
Es irrelevante el hecho de que en la demanda no se haya precisado el número ni la fecha de las reformas a la ley reclamada, si de la lectura de la demanda de amparo se advierte que las quejosas transcriben el precepto legal vigente en la fecha de los actos de aplicación reclamados y que con toda claridad expresan los motivos por los que lo consideran inconstitucional; en consecuencia, si se pretendiera que las quejosas reclamaron el citado precepto legal con el texto que originalmente contenía cuando se expidió la ley de referencia, se desatendería lo expresado por las quejosas en los hechos y conceptos de violación expuestos en su demanda, lo cual no sería lógico ni jurídico.
Precedentes
Amparo en revisión 1648/80 Industrias IEM, S.A. de C.V. 7 de diciembre de 1982. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos.