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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232430
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 163-168, Primera Parte; Pág. 99
LEYES, CONSENTIMIENTO DE LAS. NO EXISTE CUANDO DOS ORDENAMIENTOS LEGALES CONTEMPLAN SITUACIONES JURIDICAS IGUALES, AUN CUANDO SE HAYA CONSENTIDO LA CREADA POR EL PRIMERO DE AQUELLOS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 163-168, Primera Parte; Pág. 99
Aun en el supuesto de que la nueva ley sometiera a las quejosas a iguales situaciones que las que hubieran consentido bajo la ley abrogada, la circunstancia de que tales preceptos formen parte de un nuevo ordenamiento legal hace indispensable que los órganos del Estado que lo formaron sean llamados a juicio y oídos, no pudiendo aceptarse el argumento de que por contemplar situaciones jurídicas semejantes a las de una ley anterior que se dice fue consentida, la nueva ley también lo sea, ya que se trata desde un punto de vista formal y material, de un acto legislativo distinto al que se dice fue consentido y es aplicada una ley diversa a la que también se dice consentida.
Precedentes
Amparo en revisión 6211/81. Cal de Aguascalientes, S.A. 24 de agosto de 1982. Unanimidad de quince votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volúmenes 127-132, página 215. Amparo en revisión 5261/76. "Gas de Huatusco", S. de R.L. 7 de agosto de 1979. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen 38, página 36. Amparo en revisión 3729/69. "Harinera Euzcaro", S.A. y otras. 15 de febrero de 1972. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "SITUACIONES JURIDICAS IGUALES CREADAS POR DOS ORDENAMIENTOS LEGALES. SI SE CONSINTIO LA SITUACION CREADA POR EL PRIMERO, ELLO NO IMPLICA QUE DEBA ESTIMARSE TAMBIEN CONSENTIDO EL SEGUNDO.".