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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232518
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 145-150, Primera Parte; Pág. 129
PANTEONES. EL ARTICULO 4o. TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMO LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL DE 21 DE NOVIEMBRE DE 1974, ES INCONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 145-150, Primera Parte; Pág. 129
El artículo 4o. transitorio del Decreto de 21 de noviembre de 1974 que reformó la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, establece la afectación a los derechos de perpetuidad adquiridos sobre fosas, con anterioridad a la vigencia de dicha disposición, de tal manera que puede válidamente sostenerse el carácter retroactivo e inconstitucional de esa norma, y por lo mismo de la violación a la garantía consagrada por el artículo 14 de la Constitución, porque esos derechos legalmente adquiridos bajo el amparo de la ley antigua deben subsistir con los caracteres y las circunstancias que la misma ley les atribuye, de tal manera que si la ley pretende su modificación, debe considerarse retroactiva, porque obra sobre el pasado y lesiona los derechos adquiridos bajo el amparo de leyes anteriores y por lo mismo es violatoria del principio consagrado por el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Precedentes
Amparo en revisión 4226/76. María Luisa Flores Ortega y coagraviados. 17 de febrero de 1981. Unanimidad de veintiún votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volúmenes 127-132, página 233. Amparo en revisión 3219/76. Guadalupe Castelazo Herrera. 27 de noviembre de 1979. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Luis María Aguilar Morales.