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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 133-138, Primera Parte; Pág. 115
IMPUESTO DEL 15% ADICIONAL ESTABLECIDO POR LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL SOBRE EL PAGO DE IMPUESTOS Y DERECHOS QUE ESTABLEZCA LA LEY DE INGRESOS. DERECHOS POR CONSUMO DE AGUA. FALTA DE INTERES JURIDICO.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 133-138, Primera Parte; Pág. 115
Es inexacto que tratándose de un amparo en el que se reclame la expedición, refrendo, promulgación, publicación y ejecución, del artículo 931 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial del día 30 de diciembre de 1977, y cuyo tenor es el que sigue: "Es objeto del impuesto adicional del 15% el pago de impuestos y derechos que establezca la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal", que el interés jurídico de la quejosa quede debidamente acreditado, porque los recibos oficiales para el cobro de derechos por servicio de agua que se exhibieron con la demanda y cuya existencia reconoció el tesorero del Distrito Federal, demuestren que la agraviada pagó esos derechos y, por tanto, que ella es la causante o contribuyente de los mismos. Ciertamente, resulta inexacta la anterior argumentación, si del examen de los recibos se desprende que éstos acreditan el pago de diversas cantidades por concepto de derechos por servicio de agua, pero de ninguna manera que ese pago se haya llevado al cabo por la quejosa y menos aún que ésta sea la causante o contribuyente de tales derechos, si dichos recibos están dirigidos al "USUARIO DE LA TOMA" y no la mencionada quejosa.
Precedentes
Amparo en revisión 5561/78. Leonor Fernández de Fuentes. 6 de mayo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Amparo en revisión 4406/79. "Vidriera México", S.A. 8 de abril de 1980. Unanimidad de quince votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.