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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 127-132, Primera Parte; Pág. 66
AGRAVIOS INSUFICIENTES.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 127-132, Primera Parte; Pág. 66
Si en el amparo en revisión no se expone argumentación alguna dirigida a impugnar la legalidad de la sentencia del Juez Federal, mediante la demostración de violaciones legales específicas en que incurra la sentencia recurrida, debe considerarse que los agravios alegados en el recurso de revisión no reúnen los requisitos que la técnica jurídico-procesal señala para el efecto y, en consecuencia, procede desechar los agravios por manifiestamente inoperantes y confirmar el fallo que revisa.
Precedentes
Amparo en revisión 3857/78. César Moo Javier. 17 de julio de 1979. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen XCII, página 37. Amparo en revisión 2717/55. José Guadalupe Alatorre y coagraviados. 23 de febrero de 1965. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XCIII, páginas 9 y 26. Amparo en revisión 3091/54. Jesús Herrera Marmolejo. 16 de marzo de 1965. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota:
En el Volumen XCII, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "REGLAMENTO DEL CAPITULO DE EXPLOTACION DE CAMINOS DE LA LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION, COMPETENCIA PARA CONOCER SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL.".
En el Volumen XCIII, páginas 9 y 26, la tesis aparece bajo los rubros "AGRAVIOS EN LA REVISION." y "COOPERACION, COBRO DE DERECHOS POR. GARANTIA DE AUDIENCIA.".