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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232588
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 127-132, Primera Parte; Pág. 199

LEYES, AMPARO CONTRA. FALTA DE SEÑALAMIENTO DE AUTORIDADES RESPONSABLES.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 127-132, Primera Parte; Pág. 199

Precedentes

Amparo en revisión 6138/78. José Daniel Samperio Olguín. 25 de septiembre de 1979. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Francisco M. Rodríguez. Séptima Epoca, Primera Parte: Volúmenes 121-126, página 128. Amparo en revisión 5040/74. Laboratorios Guirups de México, S.A. 27 de febrero de 1979. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Secretaria: Elena Ramírez de Castañón. Séptima Epoca: Informe 1979, página 449. Amparo en revisión 7352/68. Domingo Ríos Magaña y coagraviados. 14 de noviembre de 1972. Mayoría de quince votos contra dos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Informe 1979, página 449. Amparo en revisión 2390/63. Mario Cornejo Ibarra. 8 de octubre de 1968. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Primera Parte, Pleno, tesis 65, página 162, bajo el rubro "LEYES, AMPARO CONTRA. AUTORIDADES RESPONSABLES TRATANDOSE DE.". Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "AUTORIDADES. SU SEÑALAMIENTO COMO RESPONSABLES EN AMPAROS CONTRA LEYES.".
Registro digital (IUS): 232588