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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232597
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 127-132, Primera Parte; Pág. 243

TIMBRE. SUCESIONES. CORRESPONDE A LOS HEREDEROS EL EJERCICIO DE LA ACCION CONSTITUCIONAL TRATANDOSE DE LA ADJUDICACION, CONTRA EL COBRO DEL IMPUESTO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 127-132, Primera Parte; Pág. 243

Precedentes

Amparo en revisión 6273/77. Sucesión Testamentaria de Lucía Tres viuda de Zanatta. 9 de octubre de 1979. Unanimidad de quince votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretaria: Luis María Aguilar Morales. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "LEY DEL TIMBRE, CORRESPONDE A LOS HEREDEROS EL EJERCICIO DE LA ACCION CONSTITUCIONAL, EN LA ADJUDICACION POR SUCESION, CONTRA EL COBRO DEL IMPUESTO CONTENIDO EN LA.".
Registro digital (IUS): 232597