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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232610
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 121-126, Primera Parte; Pág. 67

FICHAS SIGNALETICAS, FORMACION DE. IDENTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PROCESADOS.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 121-126, Primera Parte; Pág. 67

Precedentes

Amparo en revisión 560/78. Hermilo Tamez Chávez. 2 de mayo de 1979. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Séptima Epoca, Primera Parte: Volúmenes 115-120, página 59. Amparo en revisión 4890/77. Jesús Domínguez Hernández. 12 de septiembre de 1978. Unanimidad de quince votos. Ponente: Mario G. Rebolledo. Volumen 86, página 29. Amparo en revisión 2359/66. Otto Especer López. 23 de febrero de 1976. Unanimidad de diecisiete votos en sus puntos resolutivos y por mayoría de catorce votos. Disidentes: Rocha Cordero, Téllez Cruces y Palacios Vargas. Ponente: J Ramón Palacios Vargas. Nota: En el Volumen 86, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "IDENTIFICACION DEL PROCESADO. NO ES UNA PENA INFAMANTE. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 165 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES QUE LA ESTABLECE.".
Registro digital (IUS): 232610