Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/232636
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232636
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 115-120, Primera Parte; Pág. 130

LEYES, REVISION EN AMPARO CONTRA. AUTORIDADES RESPONSABLES LEGITIMADAS PARA INTERPONERLA.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 115-120, Primera Parte; Pág. 130

Precedentes

Amparo en revisión 1047/60. "Alfombras y Tapices Goya", S.A. 10 de octubre de 1978. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Francisco M. Ramírez. Amparo en revisión 5153/50. "Compañía Minera Plomosa", S.A. 1o. de agosto de 1978. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Francisco M. Ramírez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 103-108, Primera Parte, página 202, tesis de rubro "LEYES, REVISION IMPROCEDENTE EN AMPARO CONTRA.". Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE REVISION EN AMPARO CONTRA LEYES. AUTORIDADES RESPONSABLES LEGITIMADAS PARA INTERPONERLO.".
Registro digital (IUS): 232636