Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/232645
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232645
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 115-120, Primera Parte; Pág. 163

TELEFONOS. PAGO DE IMPUESTO BAJO PROTESTA, EFECTUADO POR CONDUCTO DE LA SUMINISTRADORA DE SERVICIOS Y NO ANTE LA AUTORIDAD FISCAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 115-120, Primera Parte; Pág. 163

Precedentes

Amparo en revisión 2406/78. Salvador D. Zamudio Salas. 14 de noviembre de 1978. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Séptima Epoca, Primera Parte: Volúmenes 103-108, página 186. Amparo en revisión 5524/74. Armando Amezaga A. y otro. 20 de julio de 1977. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Efraín Polo Bernal. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "PAGO DE IMPUESTO BAJO PROTESTA, EFECTUADO POR CONDUCTO DE LA SUMINISTRADORA DE SERVICIOS Y NO ANTE LA AUTORIDAD FISCAL.".
Registro digital (IUS): 232645