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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232703
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 103-108, Primera Parte; Pág. 121

CADUCIDAD. OPERA ANTE JUEZ DE DISTRITO, POR APLICACION DE LA REFORMA A LA FRACCION XIV DEL ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL, QUE ENTRO EN VIGOR EL DIECINUEVE DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO, NO OBSTANTE QUE LAS REFORMAS A LA LEY REGLAMENTARIA DE ESE PRECEPTO CONSTITUCIONAL FUERON PUBLICADAS EL VEINTINUEVE DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 103-108, Primera Parte; Pág. 121

Precedentes

Amparo en revisión 4571/76. Omnibus de Oriente, S.A. de C.V. 8 de noviembre de 1977. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas. Secretario: Jorge Nila Andrade.
Registro digital (IUS): 232703