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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 103-108, Primera Parte; Pág. 149
COOPERACION, DERECHOS POR. NO SON PRIVATIVOS POR COBRARSE SOLO EN LA OBRA QUE LOS CAUSA Y NO EN OTRAS (DECRETO NUMERO 416 EXPEDIDO POR EL CONGRESO DEL ESTADO DE COAHUILA, CON FECHA 14 DE SEPTIEMBRE DE 1949).
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 103-108, Primera Parte; Pág. 149
El Decreto Número 416 expedido por el Congreso del Estado de Coahuila, con fecha 14 de septiembre de 1949, no es privativo, pretextándose que se aplica solamente al caso de la reconstrucción de determinada avenida y no a otros distintos, pues, para serlo, sería necesario que, encontrándose varias personas en la misma situación, sólo se aplicará a unas y no a otras, lo que no sucede con el decreto citado, que trata a los afectados que se encuentran en la misma situación como iguales, y el hecho de que sólo vaya a operar en dichas obras y después no tenga aplicación, es consecuencia de su naturaleza misma, ya que fue creado para ese fin y no para otro.
Precedentes
Amparo en revisión 3156/53. Miguel González Rivas. 4 de octubre de 1977. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 71, Primera Parte, página 20, tesis de rubro "COOPERACION, LOS IMPUESTOS DE. NO SON PRIVATIVOS POR COBRARSE SOLO EN LA OBRA QUE LOS CAUSA Y NO EN OTRAS (DECRETO NUMERO 38 DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACAN, DE 4 DE MAYO DE 1972).".