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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232733
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 97-102, Primera Parte; Pág. 39

AGRARIO. PRUEBAS, INSUFICIENCIA DE. CIRCUNSTANCIAS POR LAS QUE NO PROCEDE SOBRESEER EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 97-102, Primera Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo en revisión 7795/67. Jesús Gaxiola y coagraviados. 13 de enero de 1977. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Efraín Polo Bernal. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS INSUFICIENCIA DE . CIRCUNSTANCIAS POR LAS QUE NO PROCEDE SOBRESEER EL JUICIO DE AMPARO AGRARIO.".
Registro digital (IUS): 232733