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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232756
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 97-102, Primera Parte; Pág. 118

LEYES DE EMERGENCIA, INCORPORACION A LA LEGISLACION ORDINARIA DE LAS.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 97-102, Primera Parte; Pág. 118

Precedentes

Amparo en revisión 322/50. Rubén Alcántara y coagraviados. 14 de junio de 1977. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Efraín Polo Bernal. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen XXXVI, página 427. Amparo en revisión 832/48. Cooperativa de Autobuses Monterrey-Villa Santiago, El Cercado S.C.L. y coagraviados. 2 de junio de 1959. Mayoría de quince votos. La publicación no menciona el nombre del Ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 68, Primera Parte, página 35, tesis de rubro "LEYES DE EMERGENCIA. INCORPORACION A LA LEGISLACION ORDINARIA.". Nota: En el Volumen XXXVI, página 427, la tesis aparece bajo el rubro "LEYES DE EMERGENCIA. INCORPORACION A LA LEGISLACION ORDINARIA.".
Registro digital (IUS): 232756