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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 91-96, Primera Parte; Pág. 107
NOTARIADO, LEY DEL, PARA EL DISTRITO FEDERAL. NO INVADE LA ESFERA DE LA AUTORIDAD FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 91-96, Primera Parte; Pág. 107
No se da la invasión de la esfera de la autoridad federal por la local, por el hecho de que se encargue el ejercicio del notariado en el Distrito Federal al Ejecutivo de la Unión, como lo dispone el artículo 73, fracción VI, base primera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que ordena que el gobierno del Distrito Federal estará a cargo del C. Presidente de la República, quien lo ejercerá por conducto del órgano u órganos que determine la ley respectiva, de donde se concluye que ese alto funcionario es el encargado del ejercicio del notariado en el Distrito Federal. Asimismo, puede afirmarse lógica y jurídicamente que no se surte la invasión de esferas reclamada, si se toma en consideración que la Ley del Notariado para el Distrito Federal y Territorios, la expidió el Congreso de la Unión, con apoyo en el artículo 73, fracción VI, que le permite legislar en todo lo relativo al Distrito Federal, sin que esa materia se encuentre reservada a la Federación, razón por la que no se identifican en el Poder Ejecutivo las facultades reservadas al Poder Judicial y, por tanto, no se invade la competencia federal con la expedición y aplicación de la citada ley.
Precedentes
Amparo en revisión 4716/75. J.M. Cecias, S.A. 7 de septiembre de 1976. Unanimidad de quince votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Isidro Gutiérrez González.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "NOTARIADO, SU EJERCICIO POR EL C. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EN EL DISTRITO FEDERAL NO CONSTITUYE INVASION DE LA ESFERA DE LA AUTORIDAD FEDERAL POR LA LOCAL.".