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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232815
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 86, Primera Parte; Pág. 31

PROFESIONES. EL DICTAMEN DEL DEPARTAMENTO DE EJERCICIO PROFESIONAL DE LA DIRECCION GENERAL DE PROFESIONES, NO CAUSA PERJUICIO QUE HAGA PROCEDENTE EL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 86, Primera Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo en revisión 2273/73. Eudosia Casas Borrajo. 17 de febrero de 1976. Mayoría de doce votos. Disidentes: Agustín Téllez Cruces, Arturo Serrano Robles, Ramón Canedo Aldrete, Jorge Saracho Alvarez y Euquerio Guerrero López. Ponente: Antonio Rocha Cordero.
Registro digital (IUS): 232815