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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232842
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 80, Primera Parte; Pág. 50

REPERCUSION DE LOS IMPUESTOS NO LA PROHIBE EL ARTICULO 31, FRACCION IV, CONSTITUCIONAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 80, Primera Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo en revisión 4543/68. Angel M. Bejarano. 26 de agosto de 1975. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Alfonso López Aparicio, Ezequiel Burguete Farrera y Abel Huitrón y A. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Guillermo Baltazar Alvear.
Registro digital (IUS): 232842