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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232865
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 78, Primera Parte; Pág. 67
ENERGIA ELECTRICA, PAGO DE TRIBUTOS AL HACER EL DEL RECIBO DE.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 78, Primera Parte; Pág. 67
El hecho de pagar un recibo de consumo de energía eléctrica no libera al usuario de estar atento en que al hacerlo no vaya a cubrir un tributo con el que no está conforme. Además, la circunstancia de que no se pague a una autoridad no implica que no se esté cumpliendo una carga fiscal, ya que el pago puede hacerse a particulares; al momento de realizar un acto cualquiera; tal es el caso de impuestos sobre compraventa de artículos de lujo que se pagan en las tiendas comerciales al momento de comprarse la mercancía; máxime si el recibo sí indica que se paga un gravamen fiscal.
Precedentes
Amparo en revisión 3398/74. Jesús Sujo Ceniceros y otros. 26 de junio de 1975. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.