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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232918
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 75, Primera Parte; Pág. 14

ADMINISTRACION DE EMPRESAS, LICENCIATURA EN. LA DIRECCION GENERAL DE PROFESIONES NO ESTA OBLIGADA A EXPEDIR CEDULA PARA EL EJERCICIO DE ESA ACTIVIDAD.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 75, Primera Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 1572/74. Ruperto Erasmo Flores y Fernández. 4 de marzo de 1975. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Registro digital (IUS): 232918