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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232923
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 75, Primera Parte; Pág. 21

LEY, AMPARO CONTRA. LOS ACTOS DE APLICACION DEJAN DE EXISTIR AL DECLARARSE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE AQUELLA, Y NO ES EL CASO DE HACER RESERVA DE JURISDICCION.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 75, Primera Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo en revisión 4896/50. Constance Parri. 11 de marzo de 1975. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Registro digital (IUS): 232923