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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232944
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 73, Primera Parte; Pág. 27

OBLIGACIONES FISCALES. SU NOVACION A VIRTUD DE CONVENIO, NO INVALIDA, POR SI MISMA, EL PROCEDIMIENTO DE EMBARGO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 73, Primera Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 1159/73. Enrique Clausen Bustillo. 9 de enero de 1975. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Registro digital (IUS): 232944