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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232956
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 72, Primera Parte; Pág. 53

SEGUROS, LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE. SU ARTICULO 135, FRACCION IV, QUE AUTORIZA LA INVERSION DE UNA RESERVA PARA OBLIGACIONES PENDIENTES DE CUMPLIR, NO VIOLA EL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL.

[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 72, Primera Parte; Pág. 53

Precedentes

Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 37, página 41. Amparo en revisión 3531/69. La Continental, Seguros, S.A. 18 de enero de 1972. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen 62, página 65. Amparo en revisión 5949/72. La Interamericana, S.A., Compañía de Seguros. 6 de febrero de 1974. Unanimidad de quince votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Volumen 66, página 59. Amparo en revisión 1667/73. La Interamericana, S.A., Cía de Seguros. 11 de junio de 1974. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Volumen 69, página 40. Amparo en revisión 1389/71. La Libertad, Compañía General de Seguros, S.A. y (acumulados). 17 de septiembre de 1974. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Abel Huitrón y A. Volumen 70, página 32. Amparo en revisión 9288/65. Monterrey, Compañía de Seguros, S.A. 22 de octubre de 1974. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Francisco M. Ramírez.
Registro digital (IUS): 232956