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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 71, Primera Parte; Pág. 23
DERECHOS POLITICOS, AMPARO IMPROCEDENTE POR VIOLACION A (PRESIDENTES MUNICIPALES SUSPENSION).
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 71, Primera Parte; Pág. 23
La suspensión de un presidente municipal en sus funciones y la privación de sus emolumentos con tal motivo, es un acto contra el cual no procede el amparo, por tratarse de derechos políticos y no de vulneración de garantías individuales, sin que pueda sostenerse que la privación de dichos elementos constituya una violación de garantías, pues éstas son consecuencia legítima de la función política, y no procediendo el amparo por ella, tampoco puede proceder en cuanto a los dichos de la misma.
Precedentes
Amparo en revisión 5588/73. Wilbert Chi Góngora y otros. 19 de noviembre de 1974. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo C, página 548, tesis de rubro "DERECHOS POLITICOS (CARGOS DE ELECCION POPULAR).".
Tomo XCV, página 2153, tesis de rubro "DERECHOS POLITICOS, (PRESIDENTES MUNICIPALES, SUSPENSION DE LOS).".