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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 232973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 71, Primera Parte; Pág. 26
DIETAS DE DIPUTADOS, SUSPENSION DE LAS. AMPARO IMPROCEDENTE.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 71, Primera Parte; Pág. 26
Siendo la privación de las dietas una consecuencia de la suspensión del cargo de diputado, como el amparo no procedería contra tal suspensión, la privación de esos emolumentos tiene que seguir la misma condición jurídica procesal y, por tanto, tampoco puede ser discutida en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión 5588/73. Wilbert Chi Góngora y otros. 19 de noviembre de 1974. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXI, página 5301, tesis de rubro "DERECHOS POLITICOS.".